Esta prohibición es
de obvia razón, ya que los mencionados están dotados
de armamentos y estos son para un bien común, al entrar en sindicatos se
atenta contra la seguridad política y social del país.
Ademas los trabajadores públicos y trabajadores oficiales ( trabajadores públicos ) y altos empleados y representantes del patrono.
Esta prohibición tiene mucho que ver también por el conflicto de intereses a nivel político y económico. Ejemplo:
El
funcionario publico u oficial publico esta directamente vinculado con
el estado y el estado tiene prohibido involucrarse en situaciones
sindicales.
Con respecto a los cargos directivos de
las compañías, se ve involucrado peligrosamente la bienestar de los
patronos y el derecho sindical fue creado con el fin de mejorar calidad y
no para acabar con los propietario.
El
articulo 416A adicionado a la ley 584 de 2000 Art. 13. dice que los
sindicatos de empleados públicos, no pueden presentar pliegues de
peticiones ni tampoco hacer huelgas, ya que ellos prestan un servicio de
deber publico.
Ya que el
servicio que los funcionario del estado es indispensable para el buen
desempeño del estado, es de vital interés su labores para la sociedad en
si, estos no tienen el derecho con el que cuentan los otros sindicatos
oficiales.
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